Qué está pasando
Si estás leyendo esto, probablemente viviste una situación que duele dos veces: primero por lo que te negaron y segundo porque la negativa tuvo que ver con tu orientación sexual o tu identidad de género.
Tal vez tu EPS no quiso afiliar a tu pareja del mismo sexo como beneficiaria. Tal vez un fondo de pensiones te negó la pensión de sobrevivientes cuando tu compañero o compañera falleció. O tal vez te atendieron mal, con burlas, con desprecio o con un trato diferente por ser quien eres.
Ninguna de esas situaciones es aceptable. Y ninguna es definitiva.
La Constitución colombiana te protege. El artículo 13 dice que todas las personas nacen libres e iguales y que está prohibida la discriminación por razones de sexo, orientación sexual o identidad de género. La Corte Constitucional ha dicho que la orientación sexual y la identidad de género son criterios sospechosos de discriminación: o sea, que cualquier trato diferente basado en ellos se presume injusto, y quien lo aplica tiene que demostrar por qué era necesario T-033/24.
Además, la Corte ha reconocido que las personas LGBTIQ+ son sujetos de especial protección constitucional, porque han sido un grupo históricamente marginado T-033/24. Eso significa que el Estado tiene la obligación de protegerte con más fuerza, no con menos.
La acción de tutela es tu herramienta. No es un favor que te hacen: es un derecho que tienes para reclamar lo que ya es tuyo.
Qué dice la ley
La ley colombiana ha cambiado mucho en las últimas décadas. Antes, las parejas del mismo sexo no tenían los mismos derechos que las parejas heterosexuales. Hoy, la Corte Constitucional ha dicho que las parejas del mismo sexo y las de distinto sexo son formas de familia que merecen la misma protección T-716/11.
Eso tiene consecuencias concretas:
- En salud: tu pareja del mismo sexo tiene derecho a ser afiliada como beneficiaria en el sistema de salud, igual que lo haría una pareja heterosexual. Negar esa afiliación por la orientación sexual de los dos es discriminación.
- En pensiones: si tu pareja fallece, tienes derecho a reclamar la pensión de sobrevivientes en las mismas condiciones que una pareja heterosexual. La Corte ha sido clara: las entidades de pensiones no pueden exigirte requisitos más difíciles de cumplir solo porque tu pareja era del mismo sexo T-716/11.
- En el trato: ninguna entidad, pública o privada, puede tratarte mal, negarte un servicio o excluirte por tu orientación sexual o tu identidad de género. Eso incluye a las EPS, los hospitales, los colegios, los centros comerciales, las empresas y cualquier lugar abierto al público.
La Corte también ha dicho que no te corresponde a ti demostrar que fuiste discriminado. Al contrario: si denuncias un acto de discriminación, la entidad acusada tiene la carga de demostrar que su actuación no fue discriminatoria T-033/24. Esto se llama carga dinámica de la prueba, y significa que el que tiene los medios para probar es el que debe probar.
Qué ha dicho la Corte Constitucional
La Corte Constitucional ha construido un camino largo para llegar a donde estamos hoy. Es importante que conozcas algunos hitos:
Antes: la exclusión. En los años 2000 y 2001, la Corte negó tutelas de parejas del mismo sexo que pedían afiliar a su compañero en salud. En ese momento consideró que las parejas homosexuales no eran familia y que no había discriminación SU-214/16. Esa posición cambió, y hoy está superada.
El cambio en pensiones. En 2008, la Corte abrió la puerta para que las parejas del mismo sexo accedieran a la pensión de sobrevivientes C-415/22. Pero puso una condición: que la pareja hubiera hecho una declaración ante notario. Eso generó un problema: si tu pareja falleció, ya no pueden ir los dos a la notaría.
La Corte corrigió ese error. En la sentencia T-716/11 dijo que exigir esa declaración notarial era una carga imposible de cumplir y una discriminación injustificada. Las parejas del mismo sexo pueden demostrar su unión con otros medios: testimonios, fotos, cuentas conjuntas, arriendos compartidos, entre otros. Lo importante es demostrar que hubo una comunidad de vida permanente y singular, igual que se exige a las parejas heterosexuales.
El reconocimiento de la familia. La Corte ha dicho que las parejas del mismo sexo son familia y que merecen la misma protección constitucional que las parejas heterosexuales T-716/11. Eso significa que no puede haber requisitos más estrictos para ti que para una pareja heterosexual.
La protección contra la discriminación. La Corte ha protegido a personas transgénero que fueron discriminadas por su identidad de género, y ha dicho que la identidad de género es un criterio sospechoso de discriminación SU-214/16. También ha protegido a estudiantes que fueron rechazados en colegios por su orientación sexual T-804/14.
El matrimonio igualitario. En 2011, la Corte reconoció que las parejas del mismo sexo tienen derecho a conformar una familia y que la diferencia de trato basada en la orientación sexual se presume inconstitucional C-577/11.
En resumen: la Corte ha dicho que tu orientación sexual y tu identidad de género no pueden ser usadas para negarte derechos. Cualquier trato diferente basado en eso es sospechoso y debe ser justificado. Y si no hay justificación, es discriminación.
Paso a paso: cómo hacer tu tutela
La tutela es un derecho que tienes. Nadie te lo regala. Aquí tienes la herramienta para usarla.
1. Identifica qué te negaron y quién lo hizo.
Escribe con claridad qué pasó: ¿te negaron la afiliación de tu pareja en salud? ¿Te negaron la pensión de sobrevivientes? ¿Te atendieron mal por tu orientación sexual?
Identifica la entidad responsable: la EPS, el fondo de pensiones, el hospital, el colegio, la empresa. Necesitas el nombre exacto.
2. Reúne las pruebas.
Todo lo que demuestre lo que pasó sirve: la carta de negación, los correos, los mensajes de texto, las grabaciones, los testimonios de testigos, las fotos, los recibos médicos.
También reúne las pruebas de tu relación si el caso es de pareja: fotos, chats, arriendos conjuntos, cuentas compartidas, testimonios de amigos y familiares. Recuerda: no necesitas la declaración notarial para la pensión de sobrevivientes T-716/11.
3. Redacta tu tutela.
Con miTutela puedes redactar tu tutela gratis por WhatsApp. La herramienta te hace preguntas y con tus respuestas arma el documento. Tú eres quien decide qué decir y cómo decirlo.
4. Presenta la tutela.
Puedes radicarla en cualquier juzgado de tu ciudad. No necesitas abogado. La tutela es un mecanismo que la Constitución te dio directamente a ti.
5. Haz seguimiento.
Después de radicar, el juzgado tiene un término para responder. Estate pendiente de las notificaciones y de las fechas de las audiencias.
6. Si no estás de acuerdo con la decisión, impugna.
Si el juez niega tu tutela, puedes impugnar la decisión. Eso significa que otro juez revisará el caso. Tienes derecho a hacerlo.
Qué documentos necesitas
Los documentos dependen de tu caso, pero en general necesitas:
- Tu documento de identidad (cédula o contraseña).
- La respuesta escrita de la entidad donde te negaron el derecho. Si no te dieron respuesta escrita, describe con detalle qué pasó y quién te atendió.
- Pruebas de tu relación de pareja si el caso es de afiliación en salud o pensión de sobrevivientes: fotos, chats, testimonios, arriendos conjuntos, cuentas compartidas, cualquier documento que demuestre que convivían y que su relación era estable y singular.
- Historia clínica o documentos médicos si el caso está relacionado con atención en salud.
- Cualquier otra prueba que demuestre la discriminación: correos, mensajes, grabaciones, testigos.
No necesitas la declaración de unión marital de hecho ante notario para la pensión de sobrevivientes. La Corte dijo que exigir eso es una carga imposible y discriminatoria T-716/11. Puedes demostrar tu relación con otros medios.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se demora una tutela?
La tutela es un mecanismo urgente. Por ley, el juez tiene un término corto para decidir, generalmente unos 10 días hábiles desde que se radica. Si el juez no decide en ese término, puedes insistir. La urgencia es parte de la naturaleza de la tutela: no puedes esperar años cuando un derecho fundamental está en juego.
¿Necesito abogado para presentar una tutela?
No. La tutela fue diseñada para que cualquier persona la presente sin necesidad de intermediarios. Tú conoces tu caso mejor que nadie. Con miTutela puedes redactar tu tutela gratis por WhatsApp, y tú decides qué decir. Si necesitas ayuda para entender el proceso, puedes pedir orientación en personerías o consultorios jurídicos de universidades, pero no es un requisito.
¿Qué hago si la EPS me niega la afiliación de mi pareja del mismo sexo?
Primero, pide la negativa por escrito. Si te la niegan verbalmente, pide que te la den por escrito o deja constancia de lo que pasó. Luego presenta la tutela. La Corte ha dicho que las parejas del mismo sexo tienen derecho a la afiliación en salud en las mismas condiciones que las parejas heterosexuales. La negativa basada en la orientación sexual es discriminación.
¿Puedo reclamar la pensión de sobrevivientes si mi pareja falleció y no teníamos declaración notarial?
Sí. La Corte fue clara: exigir la declaración notarial para la pensión de sobrevivientes es una carga imposible de cumplir, porque si tu pareja falleció ya no pueden ir los dos a la notaría. Puedes demostrar la unión con otros medios: testimonios, fotos, arriendos conjuntos, cuentas compartidas, chats, cualquier prueba de que convivían y de que su relación era estable y singular T-716/11.
¿Qué hago si me discriminaron en un hospital o en un servicio de salud?
La discriminación en la atención en salud es grave y está prohibida. Si te trataron mal, te negaron un servicio o te humillaron por tu orientación sexual o identidad de género, puedes presentar tutela. La Corte ha dicho que la orientación sexual y la identidad de género son criterios sospechosos de discriminación, y que quien discrimina tiene que demostrar que su actuación no fue discriminatoria T-033/24. Guarda todas las pruebas: nombres de quienes te atendieron, fechas, testigos, todo.
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Con miTutela puedes redactar tu tutela gratis por WhatsApp. La herramienta te guía paso a paso y tú decides qué decir. Esta es información general: miTutela no es un abogado y no da asesoría para tu caso concreto: revisa a fondo el documento y contrasta la información antes de radicar.