Qué está pasando
Te despidieron y estás embarazada, en licencia de maternidad o en periodo de lactancia. Esto no es una casualidad: la ley colombiana te protege de manera especial.
Se llama fuero de maternidad. Es una protección que te da estabilidad en el trabajo desde el momento en que quedas embarazada y se extiende durante la licencia y parte de la lactancia.
Si te despidieron en ese periodo, el despido se presume ilegal. Es decir, la ley asume que te sacaron por estar embarazada, a menos que tu empleador demuestre lo contrario con una justa causa probada.
Y aquí viene lo importante: esta protección aplica sin importar el tipo de contrato. No importa si tenías contrato a término fijo, indefinido, por obra o incluso por prestación de servicios. La Corte Constitucional ha sido clara en que el fuero de maternidad protege a toda mujer trabajadora, sin importar la modalidad de vinculación T-629/10.
Tampoco importa si tu empleador sabía o no que estabas embarazada. La protección opera igual T-004/10.
Qué dice la ley
La ley colombiana tiene reglas claras para proteger a la mujer embarazada o en lactancia:
- Ninguna trabajadora puede ser despedida por motivo de embarazo o lactancia. Así lo dice el artículo 239 del Código Sustantivo del Trabajo T-559/10.
- Si te despiden durante el embarazo o dentro de los tres meses posteriores al parto, se presume que fue por tu estado. Es decir, la ley le pone la carga al empleador: él debe demostrar que no fue por eso T-305/20.
- El empleador necesita permiso de un inspector de trabajo para despedirte. Si no lo tiene, el despido no produce ningún efecto. Es como si no hubiera pasado T-559/10.
- Si el despido ocurre sin autorización, tienes derecho a una indemnización. Equivale a 60 días de salario, más las prestaciones que te correspondan y el pago de la licencia de maternidad si no la disfrutaste T-629/10.
La ley también dice que el despido durante el embarazo o los tres meses después del parto carece de todo efecto si no hay autorización previa del funcionario competente. Eso significa que el despido es nulo y tienes derecho a que te reintegren T-559/10.
Qué ha dicho la Corte Constitucional
La Corte Constitucional ha protegido el fuero de maternidad en muchas decisiones. Estas son las ideas principales:
El despido por embarazo es una forma de discriminación de género. La Corte ha dicho que despedir a una mujer por estar embarazada es una de las manifestaciones más graves de discriminación contra la mujer T-629/10.
La protección aplica a todo tipo de contrato. La Corte ha sido enfática: el fuero de maternidad se configura sin importar si tienes contrato laboral o de otra naturaleza T-629/10. Esto significa que si trabajas por prestación de servicios, también estás protegida.
No tienes que demostrar que te despidieron por el embarazo. La ley presume que fue por eso. Es el empleador quien debe probar que existió una justa causa real y objetiva para despedirte T-305/20.
El empleador no puede decir que no sabía. La Corte ha dicho que no se puede exigir a la mujer embarazada que informe su estado para tener protección. El empleador no puede despedir a una mujer embarazada, sin importar si conocía o no la condición T-707/11.
La protección cubre el embarazo, la licencia y parte de la lactancia. La presunción de despido discriminatorio aplica durante el embarazo y los cuatro meses posteriores al parto. Después, durante la lactancia, sigue prohibido despedir por esa razón, pero debes demostrar que el despido fue discriminatorio T-456/24.
La tutela es el mecanismo para protegerte. La Corte ha dicho que la acción de tutela procede para proteger la estabilidad laboral de la mujer embarazada y evitar un daño irremediable T-004/10.
Paso a paso: cómo hacer tu tutela
Si te despidieron estando embarazada, en licencia o en periodo de lactancia, puedes hacer una tutela. Sigue estos pasos:
1. Reúne tus pruebas. Guarda todo: carta de despido, contrato, mensajes, correos, certificados médicos, ecografías, comprobantes de pago. Todo sirve.
2. Identifica qué derechos te vulneraron. Los principales son: estabilidad laboral reforzada, fuero de maternidad, mínimo vital, igualdad y no discriminación.
3. Redacta la tutela. Explica qué pasó, cuándo te despidieron, en qué estado estabas y qué derechos se vulneraron. No necesitas saber de leyes: redacta tu tutela gratis por WhatsApp con miTutela.
4. Presenta la tutela. Puedes hacerla en cualquier juzgado de tu ciudad. No necesitas abogado. Es gratuita.
5. Espera la respuesta. El juez debe responder rápido. La tutela es un mecanismo urgente.
6. Si el juez te da la razón, ordenará tu reintegro y el pago de tus salarios dejados de percibir. También puede ordenar la indemnización que te corresponde.
Importante: La tutela es un mecanismo urgente. No esperes meses para presentarla. Mientras más rápido actúes, mejor.
Qué documentos necesitas
Para tu tutela necesitas:
- Cédula de ciudadanía.
- Carta de despido o cualquier comunicación donde te informen la terminación del contrato.
- Contrato de trabajo o el documento que demuestre tu vinculación, así sea por prestación de servicios.
- Certificado médico que demuestre tu estado de embarazo, si aplica.
- Registro civil de nacimiento del bebé, si ya nació.
- Comprobantes de pago o desprendibles de nómina.
- Correos, mensajes o cualquier prueba de que te despidieron.
- Certificado de la EPS o de la entidad de salud donde estés afiliada.
No te preocupes si no tienes todos los documentos. La tutela se puede presentar con lo que tengas. El juez puede pedir pruebas después.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se demora una tutela?
La tutela es un mecanismo urgente. Por ley, el juez tiene un término muy corto para responder. En la práctica, puede tardar entre 10 y 20 días hábiles en primera instancia. Si el fallo se apela, puede demorar un poco más. Pero recuerda: la tutela es la vía más rápida que tienes para proteger tus derechos.
¿Me protege el fuero de maternidad si tengo contrato a término fijo o por prestación de servicios?
Sí. Esta es una de las dudas más frecuentes y la respuesta es clara: la protección aplica sin importar el tipo de contrato. La Corte Constitucional ha dicho que el fuero de maternidad se configura sin importar si tienes contrato laboral o de otra naturaleza T-629/10. Si te despidieron por estar embarazada, estás protegida.
¿Qué pasa si mi empleador dice que no sabía que estaba embarazada?
No importa. La Corte ha dicho que no se puede exigir que la mujer informe su estado de embarazo para tener protección. El empleador no puede despedir a una mujer embarazada, sin importar si conocía o no la condición T-707/11. La ley presume que el despido fue por el embarazo, y es el empleador quien debe demostrar lo contrario.
¿Qué me pagan si me despidieron estando embarazada?
Si el despido fue sin autorización, tienes derecho a una indemnización equivalente a 60 días de salario, más las prestaciones que te correspondan. Además, si no disfrutaste la licencia de maternidad, te deben pagar las semanas de descanso remunerado T-629/10. Y si el juez ordena tu reintegro, te deben pagar los salarios que dejaste de recibir.
¿Puedo hacer la tutela sin abogado?
Sí. La tutela no requiere abogado. Puedes presentarla directamente en cualquier juzgado. Y si necesitas ayuda para redactarla, redacta tu tutela gratis por WhatsApp con miTutela. No necesitas conocimientos legales para proteger tus derechos.
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Recuerda: miTutela redacta tu acción de tutela gratis por WhatsApp. Solo cuenta tu caso y recibe el documento listo. Esta guía es información general y no reemplaza la asesoría legal para tu caso concreto: miTutela no es un abogado y no da asesoría para tu caso concreto: revisa a fondo el documento y contrasta la información.