No te entregan tu historia clínica: cómo hacer la tutela

Guía para pacientes en Colombia a quienes EPS, clínicas u hospitales les niegan o demoran la entrega de su historia clínica, con pasos para interponer una tutela.

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Qué está pasando

Necesitas tu historia clínica y no te la entregan. O la necesitas para un trámite de pensión, para una calificación de invalidez, para un proceso judicial o simplemente para saber qué te han diagnosticado. Y la entidad te pone excusas: que si la reserva legal, que si no es el momento, que si vuelva en unos días.

Esta situación es más común de lo que crees. Muchas EPS, clínicas y hospitales se niegan a entregar las copias de la historia clínica o las demoran por meses. Y mientras tanto, tu trámite se detiene, pierdes términos y hasta puedes perder derechos.

La historia clínica es tuya. Es la información sobre tu salud, tus diagnósticos, tus tratamientos y tus procedimientos. Es un derecho que tienes como paciente, no un favor que te hacen las entidades de salud.

Cuando una entidad te niega la historia clínica o no te responde, te está vulnerando varios derechos: el derecho de petición, el derecho a la información y el derecho al habeas data, que es el derecho a conocer y actualizar la información que tienen sobre ti en bases de datos.

Qué dice la ley

El derecho de petición está en el artículo 23 de la Constitución. Toda persona puede presentar solicitudes respetuosas a las autoridades y a los particulares que prestan servicios públicos, y tiene derecho a obtener respuesta pronta y de fondo.

La historia clínica es un documento privado que tiene reserva legal. Eso significa que no cualquiera puede pedirla. Pero el titular de la historia clínica, es decir, el paciente, sí tiene derecho a acceder a ella. Es su información personal.

La Corte Constitucional ha dicho que la historia clínica está relacionada con el derecho a la intimidad, pero eso no significa que el paciente no pueda conocerla. Al contrario: el paciente es el dueño de esa información y puede pedir copias cuando las necesite T-158/94.

Cuando la entidad de salud no te entrega la historia clínica, no basta con que te responda diciendo "no se puede". La respuesta debe ser de fondo y debe resolver lo que pediste. Si te dicen que no, deben explicarte por qué y decirte qué puedes hacer T-833/08.

Además, la historia clínica también está protegida por el habeas data. Ese es tu derecho a conocer, actualizar y rectificar la información que tienen sobre ti. La historia clínica es información tuya que está en manos de la entidad de salud, y tú tienes derecho a acceder a ella T-655/10.

Qué ha dicho la Corte Constitucional

La Corte Constitucional ha protegido el derecho a obtener la historia clínica en varias ocasiones.

En la sentencia T-158/94, la Corte ordenó a una entidad de salud entregar las copias de la historia clínica a una paciente. Dijo que el derecho a obtener copias de documentos que reposan en una entidad pública hace parte del derecho de petición. Y que cuando lo que está en juego es la salud de la persona, la tutela es el mecanismo adecuado.

En la sentencia T-1106/08, la Corte conoció el caso de una mujer que pidió la historia clínica de su esposo fallecido para iniciar un proceso judicial. La EPS le negó la entrega diciendo que era un documento reservado. La Corte dijo que la entidad no solo debía responder, sino que debía entregar la información. Y estableció que los familiares pueden pedir la historia clínica de una persona fallecida si demuestran el parentesco y explican para qué la necesitan.

En la sentencia T-119/09, la Corte reiteró que los familiares más cercanos de una persona fallecida pueden acceder a la historia clínica. Eso sí, deben demostrar el parentesco y explicar las razones por las cuales la necesitan. La Corte dijo que los familiares deben darle un uso responsable a esa información.

En la sentencia T-525/24, la Corte protegió el derecho de petición de una paciente que pidió su historia clínica y no le fue entregada. La entidad que tenía la custodia del documento era la responsable de entregarlo, y no lo hizo. La Corte dijo que no basta con decir que se respondió: hay que demostrar que se entregó la información.

La Corte también ha dicho que cuando una entidad te da una respuesta pero no te entrega lo que pediste, te está vulnerando el derecho de petición. No es suficiente con una respuesta formal: necesitas la información de fondo T-772/09.

Paso a paso: cómo hacer tu tutela

Si ya pediste tu historia clínica y no te la han entregado, sigue estos pasos:

  1. Reúne las pruebas de que pediste la historia clínica. Guarda copia del derecho de petición que presentaste, el sello de recibido, los correos electrónicos o cualquier documento que demuestre que hiciste la solicitud.
  1. Verifica cuánto tiempo ha pasado. Desde que presentaste la petición, la entidad tiene un plazo para responder. Si ya pasó el plazo y no te han respondido, o te respondieron negándote la información, puedes interponer la tutela.
  1. Identifica a la entidad responsable. Es la entidad que tiene la custodia de tu historia clínica. Puede ser la EPS, la IPS, la clínica o el hospital donde te atendieron. Esa es la entidad contra la que debes dirigir la tutela.
  1. Explica qué necesitas y para qué. En la tutela debes decir claramente que pediste tu historia clínica, que no te la han entregado y para qué la necesitas. Por ejemplo: para un trámite de pensión, para una calificación de invalidez o para un proceso judicial.
  1. Presenta la tutela. Puedes hacerla en cualquier juzgado de tu ciudad. No necesitas abogado. La tutela es un mecanismo gratuito y preferente.
  1. Cuenta qué ha pasado. En la tutela debes narrar los hechos: cuándo pediste la historia clínica, qué te respondieron, cuánto tiempo ha pasado. Sé claro y ordenado.
  1. Pide lo que necesitas. En la parte final de la tutela, pide al juez que ordene a la entidad entregarte la historia clínica de manera inmediata.

Qué documentos necesitas

Para presentar la tutela necesitas:

Si estás pidiendo la historia clínica de un familiar fallecido, necesitas además:

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se demora una tutela?

La tutela es un mecanismo rápido. El juez tiene un plazo muy corto para decidir. En la práctica, una tutela puede resolverse en unos 10 días hábiles en primera instancia. Si la entidad no cumple la orden del juez, puedes pedir que se abra un incidente de desacato, que es un mecanismo para obligar a la entidad a cumplir.

¿Puedo pedir la historia clínica de un familiar fallecido?

Sí, puedes. La Corte Constitucional ha dicho que los familiares más cercanos pueden acceder a la historia clínica de una persona fallecida. Debes demostrar el parentesco con documentos como el registro civil de defunción y el registro civil que acredite que eres familiar. También debes explicar para qué necesitas la historia clínica. Por ejemplo, para reclamar una pensión o para iniciar un proceso por negligencia médica T-1106/08 T-119/09.

¿Qué hago si la entidad me dice que la historia clínica es reservada?

Esa es una excusa que no aplica cuando tú eres el titular de la historia clínica. La reserva protege la información frente a terceros, no frente al propio paciente. Tú tienes derecho a conocer tu historia clínica. Si la entidad te dice que es reservada, puedes interponer la tutela. La Corte ha dicho que negar la historia clínica al titular vulnera el derecho de petición y el derecho a la información T-158/94.

¿Qué pasa si la entidad me responde pero no me entrega la historia clínica?

Eso también es una vulneración. La Corte ha dicho que no basta con una respuesta formal: la entidad debe entregar la información que pediste. Si te responden diciendo "no se puede" o "vuelva después", pero no te entregan la historia clínica, puedes interponer la tutela. La respuesta debe ser de fondo y debe resolver lo que pediste T-833/08 T-525/24.

¿Necesito abogado para hacer la tutela?

No. La tutela no requiere abogado. Puedes presentarla tú mismo en cualquier juzgado. Solo necesitas explicar claramente qué pasó y qué necesitas. Si tienes dudas sobre cómo redactarla, puedes buscar ayuda gratuita.

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